Pagando su deuda tributaria - en su totalidad - es la mejor manera de eliminar un gravamen por impuestos federales. El IRS emite una liberación del gravamen por impuestos federales dentro de 30 días de usted satisfacer la deuda tributaria.

Al cumplir ciertos requisitos a favor tanto del contribuyente como del IRS, existen otras opciones para reducir el impacto de un gravamen.

Venta de propiedad

Una “enajenación” libera una propiedad específica del gravamen. Hay varias disposiciones del Código de Impuestos Internos (IRC) que determinan la elegibilidad.  

Subordinación

La “subordinación” no elimina el gravamen, pero permite a otros acreedores anteponerse al IRS, lo cual puede facilitar el obtener un préstamo o hipoteca. 

Retiro de gravamen

Un “retiro” elimina el aviso público y asegura que el IRS no está en contienda con otros acreedores sobre su propiedad. Sin embargo, usted todavía es responsable de pagar el saldo adeudadoHay dos opciones adicionales para el retiro, disponibles como resultado de la iniciativa del Comisionado del 2011, nombrado Fresh Start (Nuevo comienzo).

Una opción puede permitir el retiro del Aviso de Gravamen por Impuesto Federal, después de la liberación del mismo. Los requisitos generales incluyen:

Haber liquidado su responsabilidad tributaria, y haberse liberado el gravamen; y además:

  • Tener tres años corridos de cumplir en presentar toda declaración del impuesto personal, toda declaración del impuesto del negocio, y toda declaración informativa;
  • Estar al día con los pagos del impuesto estimado y con todos los depósitos del impuesto federal, según aplica.

La otra opción puede permitir el retiro del Aviso de Gravamen por Impuesto Federal, si usted establece un plan de pagos a plazos por débito directo, o convierte un plan de pagos a plazos a pagos por débito directo. Los requisitos generales incluyen:

  • Ser un contribuyente calificado (o sea, un individual, negocio que sólo tiene que pagar impuestos sobre los ingresos, o una entidad que ha dejado de operar pero que tiene cualquier clase de deuda tributaria)
  • Adeudar $25,000 o menos (si adeuda más de $25,000, puede liquidar la parte que exceda de $25,000 antes de solicitar el retiro del Aviso de Gravamen por Impuesto Federal)
  • El plan de pagos a plazos por débito directo debe liquidar la cantidad pendiente entera dentro de 60 meses, o antes que el período de prescripción para cobrarla vence, lo que sea anterior.
  • Estar en cumplimiento completo con los demás requisitos de pago y de presentar declaraciones
  • Haber hecho tres pagos seguidos por débito directo
  • No haber incumplido el plan de pagos a plazos en curso, ni cualquier plan de pagos a plazos por débito directo anterior.

Cómo un gravamen le afecta

  • Bienes - un gravamen compromete todos sus bienes (tal como sus bienes raíces, activos, vehículos) y bienes futuros que adquiera durante el tiempo que el gravamen este vigente.
  • Crédito - Una vez el IRS presenta un gravamen por impuesto federal, su habilidad para conseguir crédito podría verse limitada.
  • Negocios - El gravamen compromete toda propiedad de negocio, y todo derecho a bienes del negocio, incluyendo cuentas por cobrar.
  • Bancarrota - Si usted se declara en bancarrota, su deuda tributaria, el gravamen y la Notificación de Gravamen por Impuestos Federales podrían continuar aún después de la bancarrota.

Evite un gravamen

Usted puede evitar un gravamen federal presentando y pagando sus impuestos en su totalidad y a tiempo. Si no puede presentar o pagar a tiempo, no ignore la correspondencia que usted recibe de parte del IRS. Si no puede pagar la cantidad que adeuda en su totalidad, existen opciones de pago que pueden ayudarle resolver su deuda tributaria sobre un periodo de tiempo.

Gravamen vs. Embargo

Un gravamen no es un embargo. Un gravamen asegura el interés del gobierno, mediante su propiedad, cuando usted no paga su deuda tributaria. Un embargo de hecho le quita su propiedad para pagar la deuda tributaria. Si usted no paga o hace arreglos para pagar su deuda tributaria, el IRS puede imponer un embargo, quitarle y vender cualquier tipo de bienes raíces o bienes inmuebles de que usted es dueño o en que tiene interés.